De 1.137 asistentes presentes, 3 no son válidos: falta 1 persona para alcanzar la mayoría requerida
51 hojas de retractación son un factor clave; la cooperativa no presentó al tribunal la totalidad de documentos de retractación
![Complejo Judicial del Tribunal de Suwon [Foto=Yonhapnews]](https://image.ajunews.com/content/image/2026/07/31/20260731162125514089.jpg)
El estatus de constructor del proyecto de redesarrollo de Sangdaewon 2, en Seongnam, provincia de Gyeonggi, con un presupuesto de 1,9 billones de wones, seguirá temporalmente en manos de DL&C. El tribunal determinó que la asamblea extraordinaria celebrada el 30 de mayo no cumplió con los requisitos de quórum por asistencia directa ni de capacidad deliberativa, lo que hace probable que sea declarada nula. En particular, el hecho de que faltara apenas una persona para alcanzar la mayoría requerida de asistentes directos para la selección del constructor fue decisivo.
Según fuentes judiciales del 31 de julio, la Sala Quinta de lo Civil de la Filial de Seongnam del Tribunal de Distrito de Suwon admitió parcialmente la solicitud de medida cautelar para suspender los acuerdos de la asamblea general presentada por DL&C y otros contra la cooperativa de redesarrollo de Sangdaewon 2.
El tribunal, mediante su resolución de medida cautelar, reconoció provisionalmente el estatus de constructor de DL&C en Sangdaewon 2. También suspendió la efectividad de la resolución del contrato de obras notificada a DL&C por la cooperativa y de los acuerdos adoptados en la asamblea extraordinaria del 30 de mayo. En consecuencia, también quedó suspendida la efectividad del acuerdo de designación de GS Construction como nuevo constructor.
En la resolución, la cuestión central fue si la asamblea que designó al nuevo constructor cumplió con los requisitos de asistencia directa y capacidad deliberativa establecidos por la ley y los estatutos de la cooperativa.
De conformidad con la Ley de Mejoramiento Urbano y Rural y los estatutos de la cooperativa, en la asamblea de selección del constructor debe asistir directamente más de la mitad de todos los cooperativistas. La asistencia a través de representante también se reconoce como asistencia directa si se ha seguido el procedimiento de delegación legalmente establecido.
El total de cooperativistas de Sangdaewon 2 era de 2.268 miembros. Para proceder con la deliberación sobre la designación del constructor se requerían al menos 1.135 asistentes directos. En el acta de la asamblea levantada por la cooperativa se registró que 1.137 personas asistieron directamente en el momento de la apertura. Una cifra que apenas superaba el criterio legal por apenas 2 personas.
Sin embargo, el tribunal consideró que al menos 3 de los asistentes registrados en el acta no pueden ser reconocidos como participantes válidos. Un cooperativista firmó la lista de asistencia y posteriormente abandonó el lugar, visitando un restaurante y una panadería en Yangpyeong, provincia de Gyeonggi, según se confirmó mediante grabaciones de circuito cerrado de televisión. Otro cooperativista estaba registrado como asistente pero en realidad envió a un tercero en su lugar, según confesó.
El tercero era un representante que asistió habiendo recibido poder de una persona que no era el representante legal del inmueble compartido. El tribunal señaló que no existe documentación que demuestre que el cambio de representante legal fue debidamente notificado a la cooperativa de manera legítima, por lo que no reconoció la asistencia de dicho representante.
Al excluir a estas 3 personas, los asistentes directos se reducen a 1.134, es decir, apenas 1 persona menos del mínimo requerido de 1.135 para proceder con la deliberación de la designación del constructor. El tribunal concluyó que "fue ilegal proceder con la deliberación sobre la designación del constructor sin que hubiera asistido más de la mitad de los cooperativistas".
La cooperativa argumentó que después de la apertura ingresaron cooperativistas adicionales que finalmente cumplieron con el requisito de mayoría. Sin embargo, el tribunal consideró que ya debería haber habido quórum en el momento en que comenzó la deliberación sobre la designación del constructor. Aun cuando posteriormente aumentara el número de asistentes, esto no puede subsanar los defectos procedimentales que ocurrieron al iniciarse la deliberación.
Las deficiencias en la gestión de los asistentes a la asamblea también influyeron en la decisión del tribunal. Aunque se registró en video a múltiples cooperativistas abandonando el lugar antes de la apertura formal, la cooperativa no identificó ni controló específicamente a quiénes se retiraban ni quiénes reingresaban. También se verificó que no se realizó una identificación rigurosa en varios casos, como el de asistentes que llevaban máscaras, sombreros y gafas de sol, a quienes no se les pidió que se descubrieran el rostro.
El tribunal también señaló que los observadores designados por DL&C solo pudieron acceder al lugar aproximadamente 2 horas después de que comenzara el registro de asistencia, y que tras su entrada les resultó difícil supervisar adecuadamente tanto el proceso de identificación como la clasificación de los documentos de retractación. Por lo anterior, el tribunal concluyó que resulta cuestionable confiar plenamente en los registros de asistencia y actas consignados por la cooperativa.
En los asuntos ordinarios relativos a la resolución del contrato de obras con DL&C, el factor clave fue la retractación de los votos por escrito. En la asamblea se presentaron 904 cartas de retractación de votos, pero la cooperativa determinó que solo 3 de ellas se superponían válididamente con las resoluciones por escrito anteriormente presentadas.
Por su parte, DL&C presentó ante el tribunal 51 cartas de retractación que se superponían con las resoluciones por escrito. El tribunal consideró que al reflejar estas retractaciones, los asuntos ordinarios tampoco alcanzarían el quórum de mayoría de todos los cooperativistas. Además, no descartó la posibilidad de que existan retractaciones válidas adicionales entre los documentos presentados el día de la asamblea.
La cooperativa replicó que de los 51 retractadores, 38 presentaron "cartas de contra-retractación" el día de la asamblea, por lo que las resoluciones por escrito originales permanecen vigentes. Sin embargo, el tribunal consideró que dichos documentos no contienen explícitamente la intención de revocar la retractación previamente presentada y que es difícil confirmar la fecha real de su elaboración.
También fue problemático que la fecha de elaboración de todas las cartas de contra-retractación estuviera preimpresa como 30 de mayo, día de la asamblea. El tribunal estimó que no es posible descartar que la cooperativa haya recibido estas cartas de contra-retractación conjuntamente con las resoluciones por escrito originales, y que en la presente etapa resulta difícil reconocer la validez de estos documentos sin más análisis.
En conclusión, el tribunal determinó que se han confirmado defectos procedimentales tanto en el conteo de asistentes directos como en el tratamiento de las resoluciones por escrito, por lo que existe una alta probabilidad de que los acuerdos de la asamblea sean declarados nulos.
Esta decisión hará inevitable nuevos retrasos en el proceso de designación del constructor en Sangdaewon 2. Si la cooperativa recurre la decisión o si continúan las disputas sobre el estatus de constructor, es probable que las contiendas legales y los retrasos en el inicio de obras del proyecto por 1,9 billones de wones se prolonguen significativamente.
* Este artículo ha sido traducido por IA.
