Corte Suprema presenta documentación sobre regulación del abuso de poder acusatorio
![Sede de la Corte Suprema de Corea del Sur [Foto=Yonhapnews]](https://image.ajunews.com/content/image/2026/08/02/20260802194537618410.jpg)
La Corte Suprema de Corea del Sur expresó su posición de que "debe evaluarse integralmente la intención del fiscal" respecto a las disposiciones de desestimación de acciones penales en la Ley de Procedimiento Penal reformada.
Según Yonhapnews del 3 de agosto, la Administración Judicial de la Corte Suprema presentó el 31 de julio documentación sobre "consideraciones relacionadas con la regulación del abuso de poder acusatorio" a la oficina de Kim Tae-kyou, diputado del Partido del Poder Popular.
La Ley de Procedimiento Penal reformada añadió nuevas causales de desestimación: "cuando la acción penal se ejerce basándose en investigaciones gravemente ilegales" y "cuando la acción penal se ejerce con desviación evidente del poder discrecional de acusación". Los círculos jurídicos han señalado que, si bien se expandieron las bases para la desestimación, los criterios de evaluación específicos permanecen poco claros.
Al respecto, la Administración Judicial explicó, con fundamento en jurisprudencia existente, que "no es apropiado considerar como abuso de poder acusatorio únicamente factores como acusación discriminatoria, acusación selectiva, acusación tardía, acusación motivada por consideraciones políticas, o separación de acusaciones".
Continuó señalando que "debe tomarse una decisión considerando integralmente las circunstancias que rodearon el ejercicio de la acción penal, la intención del fiscal, los perjuicios sustanciales ocasionados al acusado, y el grado de desviación del poder de acusación".
La jurisprudencia de la Corte Suprema de 2019 mencionada por la Administración Judicial establece como criterio de evaluación del abuso de poder acusatorio los "casos en que el fiscal ejerció discrecionalmente el poder acusatorio causando perjuicio sustancial al acusado, demostrando una desviación evidente del poder discrecional de acusación".
Asimismo, señaló que "el ejercicio discrecional del poder acusatorio requiere más que simple negligencia en el cumplimiento de funciones; debe existir al menos una intención, aunque sea eventual".
En conclusión, la evaluación del abuso de poder acusatorio dependerá fundamentalmente de si el ejercicio del poder acusatorio fue discrecional y reflejó la intención del fiscal.
Además, la Administración Judicial indicó que "se espera que los criterios de evaluación específicos de las disposiciones sobre desestimación se formen a través de futuras sentencias de la Corte Suprema".
Antes, Lee Jin-su, viceministro del Ministerio de Justicia, sostuvo ante la Subcomisión de Análisis de Proyectos de Ley de la Comisión de Legislación y Justicia del Parlamento que "la desestimación de acciones penales debe ser posible solo en casos donde el fiscal haya actuado con intención discrecional al ejercer el poder acusatorio".
* Este artículo ha sido traducido por IA.
