Presidente Lee defiende participación de jefes de investigación en consejo de ministros como «obligatorio» según ley de organización gubernamental

  • «La interferencia en casos individuales no es deseable, pero es necesario compartir la dirección de la administración»

  • El presidente rechaza directamente las preocupaciones sobre el menoscabo de la neutralidad política de los organismos de investigación

El presidente Lee Jae-myung asiste a la 44.ª sesión del Consejo de Ministros celebrada el 29 de octubre en la Casa Azul Presidencial y escucha los comentarios de los participantes. [Foto=Yonhapnews]
El presidente Lee Jae-myung asiste a la 44.ª sesión del Consejo de Ministros celebrada el 29 de octubre en la Casa Azul Presidencial y escucha los comentarios de los participantes. [Foto=Yonhapnews]

El presidente Lee Jae-myung rechazó las críticas sobre la participación de responsables de organismos de investigación y acusación en el Consejo de Ministros, afirmando que «no es posible estar de acuerdo» con la preocupación de que esto menoscabe la neutralidad política, y que «es una cuestión natural según la Ley de Organización del Gobierno y la Constitución».
 
El presidente manifestó estas palabras durante la 44.ª sesión del Consejo de Ministros presidida en la Casa Azul Presidencial, al indicar que «parece haber críticas sobre por qué se invita a los jefes de organismos encargados de investigaciones al Consejo de Ministros».
 
En la sesión del Consejo de Ministros celebrada el 6 de octubre participaron el Director Interino de la Oficina de Investigación de Delitos Graves, Jeon Jong-min; el Director Interino de la Policía Nacional, Kim Jong-chul, e Ih Jeong-hyun, Director Interino de la Fiscalía. Tras ello, sectores políticos cuestionaron la conveniencia de que los responsables de organismos de investigación y acusación, cuya neutralidad política es esencial, participen regularmente en sesiones del Consejo de Ministros.
 
El presidente fundamentó la participación en el Consejo de Ministros en que, conforme a la Ley de Organización del Gobierno, el presidente y el primer ministro tienen autoridad para dirigir y supervisar a los jefes de organismos de la administración central.
 
El artículo 2, párrafo 2 de la Ley de Organización del Gobierno define los organismos de la administración central como ministerios, agencias, oficinas y similares establecidos conforme a ley. El artículo 11, párrafo 1 establece que el presidente, como jefe del gobierno, debe dirigir y supervisar a todos los jefes de organismos de la administración central conforme a la ley y decretos. El artículo 18, párrafo 1 señala que el primer ministro, bajo órdenes del presidente, dirige y supervisa a cada jefe de organismos de la administración central.
 
El presidente destacó que «la administración estatal está naturalmente bajo la supervisión del presidente y el primer ministro» y enfatizó que «es muy importante compartir conjuntamente la dirección y política general del Estado».
 
Sin embargo, trazó una línea clara sobre la prohibición de que el presidente o el gobierno intervengan en investigaciones específicas.
 
El presidente señaló que «no participamos en la gestión de asuntos de casos específicos» y que «no es deseable pronunciarse sobre casos individuales de una u otra manera».
 
Añadió que «los organismos de investigación también son instituciones que llevan a cabo funciones encomendadas por el pueblo para beneficio de la nación y los ciudadanos» y que «es necesario un proceso de compartir la dirección estatal e intercambiar opiniones».
 
El presidente también señaló que otros organismos administrativos se encargan de funciones que afectan directamente los derechos e intereses de los ciudadanos, tales como autorizaciones, permisos y patentes.
 
Expresó que «no es correcto excluir completamente de las instancias donde se comparte la dirección estatal a organismos por el hecho de que realicen funciones que afectan directamente los intereses de los ciudadanos» y concluyó que «aunque puede haber diferencias de opinión, esta es una cuestión natural conforme a la Ley de Organización del Gobierno y a la Constitución».




* Este artículo ha sido traducido por IA.