Corte Suprema revisará jurisprudencia de 47 años sobre violación: ¿debe ser imposible resistirse?

Fachada de la Corte Suprema [Foto=Yonhap News]
Fachada de la Corte Suprema [Foto=Yonhap News]


La jurisprudencia de la Corte Suprema, que ha interpretado de forma estricta el nivel de violencia o coacción necesarios para configurar el delito de violación, será ahora revisada por un tribunal en pleno.

Según la jurisprudencia actual, los requisitos para que se configure delito de violación exigen que la violencia o coacción sea "del nivel que imposibilita o dificulta significativamente la resistencia de la víctima", lo que se conoce como la "interpretación estricta".

La Corte Suprema ha mantenido esta jurisprudencia de interpretación estricta desde una sentencia de 1979, lo que implica que incluso cuando una relación sexual ocurre sin consentimiento de la víctima, si la violencia o coacción no alcanza el nivel de "dificultad significativa", es difícil procesar al agresor. Esta situación ha recibido críticas continuas por no captar adecuadamente la realidad de los delitos sexuales.

El tribunal en pleno de la Corte Suprema es el máximo órgano decisorio, integrado por el presidente de la Corte Suprema y todos los magistrados (al menos dos tercios), que se reúne para revisar jurisprudencia anterior o asuntos de gran impacto social. Si en esta sesión del tribunal en pleno la mayoría de los magistrados decide flexibilizar los criterios de violencia o coacción existentes o establecer nuevos principios jurídicos, la jurisprudencia anterior será definitivamente derogada.

Según fuentes del sector judicial del 16 de octubre, la Corte Suprema ha remitido recientemente a tribunal en pleno un caso contra el acusado A por cargos de violación, con la primera audiencia programada para el 22 de octubre.

En primera instancia se condenó al acusado, pero el tribunal de segunda instancia dictaminó que "es difícil determinar con certeza que el acusado ejerciera violencia o coacción del nivel que imposibilita o dificulta significativamente la resistencia de la víctima", ordenando su absolución. Esta fue una aplicación directa del criterio de interpretación estricta de la Corte Suprema.

La Fiscalía presentó un recurso de casación, trasladando el caso al tribunal en pleno de la Corte Suprema. Tanto en círculos jurídicos como fuera de ellos, existe interés en observar si la Corte Suprema modificará la jurisprudencia, especialmente considerando que ya flexibilizó los criterios de delito sexual en casos anteriores.

En septiembre de 2023, la Corte Suprema dictó una sentencia en pleno que derogó oficialmente la "interpretación estricta" en delitos sexuales tras 40 años. En aquella ocasión, la Corte Suprema estableció que aunque el ejercicio de violencia o coacción no alcance el nivel que dificulta la resistencia de la otra parte, si existe el ejercicio ilegal de fuerza física sobre el cuerpo o la comunicación de una amenaza capaz de generar temor, se configura el delito.

Asimismo, existen fallos de tribunales inferiores que aplican la "interpretación estricta" al delito de violación equiparada, que actualmente están siendo revisados por la Corte Constitucional. En junio de este año, la Corte Constitucional remitió a su tribunal en pleno un caso de petición de revisión constitucional presentado por una víctima de agresión sexual sin consentimiento que buscaba la nulidad de una sentencia absolutoria, y actualmente se encuentra bajo revisión.





* Este artículo ha sido traducido por IA.