Las cuentas de retorno al mercado doméstico (RIA) presentan diferencias significativas en el ejercicio de derechos de los accionistas según la casa de bolsa donde se encuentren depositadas. Mientras que algunas permiten solicitar directamente desde la cuenta RIA ofertas públicas de compra de acciones extranjeras, otras requieren transferir los títulos a una cuenta de acciones extranjeras estándar.
Según información del sector de servicios financieros de este miércoles 21 de octubre, tras verificar cuentas RIA en cinco casas de bolsa principales, se constató que los procedimientos para ofertas públicas de compra y derechos de compra de acciones varían significativamente de una entidad a otra.
Una casa de bolsa permite ejercer tanto ofertas públicas de compra como derechos de compra de acciones extranjeras directamente desde la cuenta RIA, sin necesidad de transferir a una cuenta de acciones extranjeras estándar. En cambio, otras entidades restringen el ejercicio directo de estos derechos dentro de la cuenta RIA, obligando a los clientes a transferir los títulos a una cuenta de acciones extranjeras convencional. Una tercera entidad también limita en su prospecto de producto la solicitud de ofertas públicas de compra y derechos de compra dentro de la cuenta.
Los procedimientos de transferencia de cuenta también varían. Algunas casas de bolsa generan automáticamente derechos de suscripción en la cuenta de comisión general cuando estos se generan, mientras que otras señalan que la generación automática no es una obligación aplicable a todas las compañías.
También se registraron diferencias en los dividendos de acciones extranjeras. Una casa de bolsa permite recibir dividendos de acciones extranjeras solo en efectivo desde la cuenta RIA. Aunque se trate de valores donde es posible elegir entre dividendo en efectivo o en acciones, en la cuenta RIA no es posible optar por dividendos en acciones.
Sin embargo, los inversionistas que deseen dividendos en acciones pueden transferir sus acciones extranjeras existentes a una cuenta general, recibir el dividendo y luego reingresar a la RIA. La casa de bolsa en cuestión indicó que este proceso no presenta problemas en cuanto a beneficios fiscales.
Las suscripciones pagadas de acciones extranjeras representan una limitación común del sistema. Varias casas de bolsa informaron que no es posible adicionar efectivo a las cuentas RIA, impidiendo que los clientes realicen suscripciones pagadas de acciones extranjeras que requieren aportes en moneda extranjera dentro de la cuenta. En su lugar, sugieren transferir los derechos de suscripción a la cuenta de comisión general para realizar la suscripción.
La posibilidad de reingresar fondos después del ejercicio de derechos también presenta diferencias. Una casa de bolsa señala que es posible transferir acciones extranjeras existentes a una cuenta general, ejercer los derechos y luego reingresar a la RIA. Por el contrario, otra entidad indica que las nuevas acciones adquiridas tras ejercer los derechos de suscripción generados automáticamente no pueden reingresarse a la cuenta RIA.
Al consolidar las explicaciones de las casas de bolsa, se observa que los principios operativos básicos de la cuenta RIA, como las restricciones de depósito de efectivo y de entrada y salida de acciones domésticas, se aplican de manera común, pero el procesamiento dentro de la cuenta de ofertas públicas de compra y derechos de compra de acciones, el método de emisión de derechos, y el manejo de dividendos selectivos varían entre entidades. En particular, las ofertas públicas de compra y los derechos de compra tienen plazos establecidos, por lo que la verificación previa es fundamental para los inversionistas que requieran transferencias de cuenta.
Un representante del sector explicó: "Más allá de los principios operativos básicos de la cuenta RIA, como las restricciones de depósitos de efectivo y de transacciones de acciones domésticas, las casas de bolsa pueden operar de manera diferente los procedimientos de ejercicio de derechos dentro del rango de directrices establecidas".
* Este artículo ha sido traducido por IA.
