Reforma del impuesto a la propiedad: la brecha fiscal entre propietarios de una vivienda y multiprietarios podría ampliarse

Una propiedad inmobiliaria en Seúl. [Foto=reportero Han Jun-gu jungu141298@ajupress.com]
Una propiedad inmobiliaria en Seúl. [Foto=reportero Han Jun-gu jungu141298@ajupress.com]
El Gobierno ha decidido eliminar las tasas impositivas diferenciales del impuesto a la propiedad según el número de viviendas y reorganizar el sistema tributario en torno al valor de la propiedad, lo que se espera que genere cambios en la estructura de la carga fiscal. Sin embargo, los analistas advierten que al aplicar la propuesta de reforma, la brecha tributaria entre propietarios de una vivienda y multiprietarios podría ampliarse en ciertos tramos de precios inmobiliarios.

Según informó la agencia Yonhapnews el 9 de agosto, el impuesto a la propiedad actual aplica tasas diferenciadas según el número de viviendas que posea el contribuyente. De esta manera, los multiprietarios pueden estar sujetos a tasas más altas que los propietarios de una sola vivienda, incluso cuando tengan la misma base imponible. La ley del impuesto a la propiedad establece explícitamente como objetivo mejorar la equidad tributaria de quienes poseen inmuebles de alto valor.

El núcleo de la reforma impulsada por el Gobierno consiste en flexibilizar este criterio basado en el número de viviendas y pasar a determinar la carga fiscal principalmente en función del valor de la propiedad. La intención es reducir las diferencias en la carga tributaria según el número de viviendas aplicando impuestos basados en el valor real de las propiedades poseídas, en lugar de aplicar tasas más altas de forma uniforme simplemente porque se trata de multiprietarios.

No obstante, al comparar las cuotas tributarias reales, los efectos de la propuesta de reforma resultan más complejos. En particular, al comparar propietarios no residentes de una vivienda con propietarios no residentes de tres viviendas, el análisis mostró que la diferencia en el impuesto a la propiedad alcanzaría aproximadamente 5,99 millones de pesos en propiedades valoradas en 2.000 millones de pesos, y aproximadamente 25,86 millones de pesos en propiedades valoradas en 8.000 millones de pesos. Esto ocurre porque existen otros mecanismos institucionales, como deducciones aplicadas a propietarios de una sola vivienda, que permanecerían incluso si se aplicaran tasas impositivas idénticas según el número de viviendas.

Es relevante destacar que la brecha tributaria entre ambos grupos continuaría ampliándose a medida que aumenta el precio de la propiedad. El punto de quiebre donde la brecha tributaria entre propietarios no residentes de una vivienda y propietarios no residentes de tres viviendas se reduciría respecto al sistema actual se ubicaría en propiedades valoradas en aproximadamente 13.400 millones de pesos. En otras palabras, hasta alcanzar ese umbral, la brecha tributaria entre ambos grupos podría ser mayor después de la reforma que en la actualidad.

La mitigación de la preferencia por "una propiedad de calidad", que el Gobierno ha presentado como un objetivo central de esta reforma, también debe analizarse junto con estos elementos institucionales. La mera eliminación de las tasas impositivas diferenciales según el número de viviendas que se aplicaban a los multiprietarios constituye una cuestión separada sobre si puede mitigar el fenómeno de concentrar activos en una única propiedad de alto valor. De hecho, existe la posibilidad de que si la carga tributaria se determina únicamente en función del valor de la propiedad, independientemente del número de viviendas, surjan resultados relativamente favorables o desfavorables para los propietarios de inmuebles de alto valor.

La diferencia según la condición de residencia también actúa como una variable relevante. Los propietarios principales de una sola vivienda y los multiprietarios con fines de inversión pueden estar sujetos a diferentes deducciones y métodos de tributación, incluso cuando posean propiedades del mismo valor. En conclusión, para evaluar la equidad tributaria es necesario comparar la carga fiscal considerando no solo la tasa impositiva según el número de viviendas, sino también el sistema de deducciones y los requisitos de residencia.

Las opiniones presentadas durante el proceso de notificación legislativa también pueden influir en la dirección que tome esta reforma. Se conoce que la propuesta de enmienda de la ley del impuesto a la propiedad recibió más de 2.000 comentarios. Surgieron voces solicitando mejoras normativas, tales como ampliar las excepciones de residencia principal o no considerar como no residentes a quienes temporalmente no residen en la propiedad por razones de cuidado infantil o atención familiar. Dependiendo del nivel en que el Gobierno incorpore estas observaciones, la estructura final de la carga tributaria también podría variar.

Al respecto, un funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas señaló: "Con esta reforma del impuesto a la propiedad, se han considerado múltiples factores de manera integrada en el proceso de cálculo de la cuota tributaria, incluyendo la condición de residencia, el número de viviendas y la ubicación geográfica de la propiedad". El funcionario agregó: "Aunque podría generarse cierta brecha tributaria entre propietarios de una sola vivienda residencial y propietarios de tres o más viviendas, incluso con precios de tasación catastral idénticos, esto es resultado del diseño de la reforma del impuesto a la propiedad bajo los principios de establecimiento de un mercado inmobiliario orientado a la residencia principal, tributación equitativa y racionalización del sistema fiscal a través de la mejora de la equidad tributaria".



* Este artículo ha sido traducido por IA.