Choque frontal entre la Corte Suprema y la Presidencia por la repostulación de candidato a magistrado: ¿Resolverá la Corte Constitucional?

  • Conflicto directo entre el Poder Judicial y el Gobierno por la negativa de repostular candidato a magistrado de la Corte Suprema

  • Asociaciones de abogados divididas en opiniones... confusión en el sector legal

  • Se enfatiza la cuestión de límites en los derechos constitucionales de postulación e investidura

El presidente de la Corte Suprema Jo Hui-dae se dirige hacia la Corte Suprema en Seocho-gu, Seúl, el 23 de septiembre. [Foto=Yonhapnews]
El presidente de la Corte Suprema Jo Hui-dae se dirige hacia la Corte Suprema en Seocho-gu, Seúl, el 23 de septiembre. [Foto=Yonhapnews]

La Presidencia de la República y el presidente de la Corte Suprema, Jo Hui-dae, mantienen un enfrentamiento directo sobre la cuestión de la repostulación de un candidato a magistrado de la Corte Suprema. El presidente de la Corte Suprema expresó su negativa a la solicitud de repostulación de la Presidencia, argumentando que la comunicación oficial carecía de fundamentos jurídicos claros. La Presidencia respondió de forma contundente, argumentando que el presidente de la Corte Suprema está anulando el derecho constitucional de investidura del Presidente y tergiversando los hechos.
Con la adición de enfrentamientos políticos entre el oficialismo y la oposición, así como argumentos encontrados en el sector legal, el conflicto entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo ha alcanzado niveles sin precedentes en la historia constitucional.
 
Presidencia: "Comunicación oficial tergiversada" vs. Presidente Jo: "Debe presentarse fundamento legal claro"

El conflicto tuvo origen en la comunicación oficial que la Presidencia envió a la Corte Suprema el 28 de agosto pasado. La Presidencia rechazó a Son Bong-gi, juez presidente del Tribunal Regional de Daegu postulado por el presidente de la Corte Suprema como sucesor del magistrado jubilado Noh Tae-ak, y solicitó la repostulación de un candidato alternativo. Ante esto, el presidente Jo, quien había mantenido un prolongado silencio, expresó el 22 de septiembre su negativa a la solicitud de repostulación, argumentando que la comunicación carecía de fundamentos jurídicos explícitos y que los argumentos sobre deficiencias procedimentales mencionados en los medios de comunicación eran difíciles de aceptar.
La Presidencia respondió de inmediato con un comunicado, refutando las afirmaciones del presidente de la Corte Suprema. Un funcionario presidencial explicó: "El hecho de no haber presentado ante el Congreso Nacional el proyecto de consentimiento para la investidura del candidato es una manifestación clara de falta de voluntad de investidura, y esta constituye la razón de la solicitud de repostulación".
Además, la Presidencia señaló que la Corte Suprema había contactado individualmente a candidatos recomendados de forma legal por la comisión de recomendación de candidatos, conforme a la Ley de Organización Judicial, para consultar sobre su disposición a retirarse. La Presidencia calificó esto como "una grave deficiencia procedimentales y un intento de vulnerar la imparcialidad al buscar excluir candidatos legales del proceso de postulación".
La Presidencia enfatizó especialmente el significado constitucional del derecho de investidura presidencial. Si se considera que cuando el presidente de la Corte Suprema postula a un candidato, el Presidente simplemente debe aceptarlo como una facultad formal, esto constituiría una interpretación inconstitucional que anularía el derecho de investidura del Presidente, quien es elegido por el pueblo. La posición presidencial se interpreta como una clarificación de que, comparando los antecedentes de la elaboración de la Constitución y el derecho de designación de magistrados constitucionales, el Presidente posee una facultad sustantiva de rechazo en la investidura de magistrados de la Corte Suprema.
 
El líder parlamentario del Partido Demócrata Unido Han Byeong-do, el presidente de la Comisión de Legislación y Justicia del Congreso Nacional Seo Young-gyo y otros miembros del partido en el poder sostienen una conferencia de prensa frente a la Corte Suprema en Seocho-gu, Seúl el 23 de septiembre, en relación con la negativa del presidente Jo Hui-dae de repostular un candidato a magistrado. [Foto=Yonhapnews]
El líder parlamentario del Partido Demócrata Unido Han Byeong-do, el presidente de la Comisión de Legislación y Justicia del Congreso Nacional Seo Young-gyo y otros miembros del partido en el poder sostienen una conferencia de prensa frente a la Corte Suprema en Seocho-gu, Seúl el 23 de septiembre, en relación con la negativa del presidente Jo Hui-dae de repostular un candidato a magistrado. [Foto=Yonhapnews]
 
Enfrentamiento entre oficialismo y oposición... Oficialismo: "Incumplimiento de deberes de carácter sedicioso" vs. Oposición: "Destrucción de la separación de poderes"

La polarización política también se intensifica. El 23 de septiembre, el líder parlamentario del Partido Demócrata Unido, Han Byeong-do, y otros miembros del partido en el poder, incluyendo a Seo Young-gyo, presidente de la Comisión de Legislación y Justicia, visitaron la Corte Suprema en protesta para condenar firmemente al presidente Jo.
Yendo más allá, el presidente del Partido Demócrata, Kim Min-seok, declaró en una reunión del máximo órgano directivo: "La negativa de repostulación sin precedentes, inconstitucional, ilegal y de carácter sedicioso es un incumplimiento de deberes que desdeña al pueblo", dejando abierta la posibilidad de una interpelación parlamentaria, una investigación del Congreso Nacional e incluso una investigación especial.
Por su parte, el presidente del Partido del Poder Popular, Jang Dong-hyuk, argumentó: "El Presidente Lee Jae-myung insiste en mantener al magistrado Kim Min-gi para obtener una sentencia de absolución en su propio juicio". En respuesta a la visita de protesta del partido en el poder a la Corte Suprema, afirmó: "El pueblo está observando quién socava el orden constitucional y destruye la separación de poderes".
El Partido del Poder Popular ya ha presentado una demanda de conflicto de competencias ante la Corte Constitucional en relación con la falta de presentación del proyecto de consentimiento de investidura por parte del Presidente y su solicitud de repostulación.
El sector legal también dividido en opiniones... Asociación de Abogados por Derechos Humanos: "Protección de la Constitución" vs. Asociación de Abogados Democráticos: "Ruptura de la cooperación mutua"

La opinión también está dividida en el sector legal. La Asociación de Abogados por los Derechos Humanos y la Reunificación de la Península de Corea (Hanbyeon), de orientación conservadora, emitió el 23 de septiembre un comunicado en apoyo a la negativa de repostulación del presidente de la Corte Suprema, señalando: "El Presidente y el Partido Demócrata deben respetar el procedimiento de investidura de magistrados de la Corte Suprema establecido por la Constitución".
La Hanbyeon enfatizó: "La negativa de repostulación del presidente de la Corte Suprema es una decisión constitucionalmente apropiada completamente justificada y una decisión que demuestra la determinación del presidente de la Corte Suprema de proteger la Constitución", subrayando que "el derecho de postulación del presidente de la Corte Suprema no está de ninguna manera subordinado al derecho de investidura presidencial".
Asimismo, la organización sin fines de lucro "Personas que hacen leyes justas" expresó su preocupación: "Nos preocupa profundamente la realidad actual en la que se menciona incluso la destitución en relación con el ejercicio legítimo de facultades de un órgano constitucional", e instó: "El Presidente debe retractarse de su solicitud de repostulación que carece de fundamento constitucional y legal, y debe presentar sin demora ante el Congreso Nacional el proyecto de consentimiento de investidura de acuerdo con la postulación ya realizada".
Por el contrario, la Asociación de Abogados Democráticos (Minbyeon), de orientación progresista, exigió una actitud responsable del presidente de la Corte Suprema. El Centro de Justicia de Minbyeon declaró en un comentario: "La postulación de magistrados es tanto una facultad constitucional como una obligación del presidente de la Corte Suprema". Agregó: "El hecho de que el presidente de la Corte Suprema no cumpla con los procedimientos relacionados con la postulación no solo viola el espíritu de la Constitución, sino que convierte en letra muerta el procedimiento de investidura mutuamente cooperativo entre los tres poderes". Además puntualizó: "El derecho del pueblo a ser juzgado no debe verse menoscabado debido a conflictos de competencias entre órganos".
 
¿Se trasladará el asunto a la Corte Constitucional?... La cuestión central es la frontera entre "derecho de postulación" e "investidura"

Con este conflicto alcanzando un enfrentamiento sin precedentes, ha aumentado la posibilidad de que el debate jurídico sobre la frontera constitucional entre "el derecho de postulación de magistrados y el derecho de investidura presidencial" se traslade al ámbito de decisión de la Corte Constitucional. El artículo 104, párrafo 2 de la Constitución establece: "Los magistrados de la Corte Suprema son investidos por el Presidente con el consentimiento del Congreso Nacional, a propuesta del presidente de la Corte Suprema".
En el sector legal, hay divergencia en la interpretación respecto al alcance del ejercicio del derecho de investidura presidencial y si existe vulneración del derecho de postulación del presidente de la Corte Suprema. Los abogados con formación como investigadores constitucionales tienden a sostener que el Presidente posee una facultad sustantiva de rechazo de investidura, pero hay contrarargumentos significativos que sostienen que el hecho de que el Presidente no presente el proyecto de consentimiento ante el Congreso Nacional y lo rechace en instancias previas vulnera el derecho de consentimiento del Congreso.
Sin embargo, también surge el señalamiento de que exigir la repostulación de un candidato específico sin fundamentos explícitos o bloquear el procedimiento de consentimiento del Congreso puede convertir en letra muerta el derecho de postulación del presidente de la Corte Suprema.
La cuestión crítica es si la Corte Constitucional puede proceder a decidir el fondo del asunto. La variable clave es la "capacidad de parte" (legitimatio ad causam). En el pasado, la Corte Constitucional desestimó el caso del Acuerdo de Contratación Pública de la OMC de 2015, considerando que los diputados individuales no pueden actuar en nombre de vulneraciones de las facultades del Congreso Nacional. Aunque en el caso de no investidura del magistrado constitucional Ma Eun-hyeok del año anterior el Congreso Nacional presentó la demanda directamente y la Corte Constitucional procedió al examen de fondo, la diferencia en esta ocasión radica en que el procedimiento de consentimiento del Congreso Nacional aún no ha sido iniciado.
Si la Corte Constitucional reconoce la capacidad de parte, deberá determinar si existe una obligación constitucional del Presidente de presentar ante el Congreso Nacional el proyecto de consentimiento de investidura del candidato postulado. Sin embargo, si se dicta una resolución de desestimación por insuficiencia de requisitos procedimentales, existe la posibilidad de que el juicio sustancial sobre la frontera entre el derecho de postulación del presidente de la Corte Suprema y el derecho de investidura presidencial sea diferido.
 



* Este artículo ha sido traducido por IA.