La Superintendencia Financiera refuerza el control de cambios de pólizas de seguros con divulgación de tasas de conversión

  • Se incluyen en el cálculo los cambios de póliza con al menos una cobertura superpuesta dentro de seis meses antes o después de la contratación

  • Cálculo por aseguradora y canal de agencias; se planea expandir posteriormente a cambios entre aseguradoras distintas

Imagen de la sede de la Superintendencia Financiera de Corea del Sur ubicada en Yeouido, Seúl [Foto=Reportero Yoo Dae-gil]
Imagen de la sede de la Superintendencia Financiera de Corea del Sur ubicada en Yeouido, Seúl [Foto=Reportero Yoo Dae-gil]

La Superintendencia Financiera está promoviendo un plan para divulgar públicamente, de manera comparativa y semestral, las tasas de conversión de pólizas de seguros entre aseguradoras. En el proceso de cambio de póliza, se incluirán en el cálculo aquellas conversiones donde la cobertura del contrato anterior y el nuevo coincidan en al menos un aspecto. Asimismo, se prevé expandir el alcance de la medición para incluir conversiones hacia otras aseguradoras, fortaleciendo así la supervisión de conversiones indebidas.

Según fuentes del sector financiero del 7 de octubre, la Superintendencia está estableciendo criterios para contabilizar los cambios de póliza en los que la cobertura de un contrato de seguro existente y uno nuevo coincidan al menos en un aspecto, dentro de un período de seis meses antes o después de la fecha de nueva contratación.

En primer lugar, se compilarán las tasas de conversión por aseguradora, y posteriormente se ampliará el alcance para incluir conversiones de contratos trasladados a otras aseguradoras. Para los contratos suscritos a través de agencias de seguros (GA), se planea calcular las tasas de conversión sobre la base del canal completo de GA y no de agencias individuales.

Con base en esto, la Superintendencia está preparando la divulgación pública y comparativa de tasas de conversión semestrales de aseguradoras. Los tipos de seguros sujetos a divulgación incluyen, en seguros de vida, pólizas de vida entera, plazo, enfermedad, accidentes y cáncer; y en seguros generales, pólizas de enfermedad, accidentes, cáncer, cuidados a largo plazo y seguros infantiles.

Un cambio de póliza se refiere al acto de cancelar un seguro existente y contratar uno nuevo en su lugar. Aunque la conversión de contrato en sí no es indebida, cuando un agente de seguros recomienda al cliente cambios desfavorables para aumentar sus propios resultados de nuevos negocios, esto puede resultar en daño al consumidor.

En el proceso de cancelación del seguro anterior, pueden producirse pérdidas en el valor de rescate, y el nuevo seguro puede estar sujeto nuevamente a períodos de carencia o períodos de reducción de beneficios. Dependiendo del producto, los asegurados pueden no recibir la prestación de seguros durante un período determinado o recibir únicamente una parte de esta.

La Superintendencia está intensificando la supervisión porque las quejas relacionadas con conversiones indebidas van en aumento. En el primer trimestre del año en curso, el número de quejas sobre conversiones indebidas presentadas ante la Superintendencia llegó a 211 casos, un aumento del 54% respecto a los 137 casos del trimestre anterior. Continúan presentándose casos donde agentes que han cambiado de empleador recomiendan a clientes existentes cambios de póliza para alcanzar nuevas metas de negocios.

Un funcionario del sector financiero señaló: "Si se aclaran los criterios de cambio de póliza, podría ayudar a reducir el daño al consumidor", aunque advirtió que "se debe evitar limitar los cambios de póliza que realmente sean ventajosos para el cliente".





* Este artículo ha sido traducido por IA.