Bancos, aseguradoras y cajas de ahorro incluidos en el sistema de liquidación acelerada
Entrada en vigor del proceso legislativo a partir del 2 de diciembre

[Foto=Agencia de Noticias Yonhapnews]
Las autoridades financieras de Corea del Sur impulsan la adopción de un sistema que permitirá liquidar empresas financieras en quiebra en un plazo de entre 3 y 4 días. El objetivo es reducir significativamente los procedimientos de liquidación actuales, que requieren aproximadamente 150 días, a fin de evitar que las dificultades de una entidad financiera individual se propague al conjunto del mercado financiero.
La Comisión de Servicios Financieros presentó el 29 de octubre, junto con la Junta Supervisora de Servicios Financieros y la Corporación de Aseguración de Depósitos, el plan de introducción del "Sistema de Liquidación Acelerada de Empresas Financieras". Para implementarlo, se promoverán enmiendas a la Ley de Mejora Estructural de la Industria Financiera (Ley Financiera Estructural) y a la Ley de Protección de Depositantes.
Con arreglo a la legislación vigente, el procedimiento de liquidación solo es posible cuando una empresa financiera en riesgo no cumple las medidas correctivas ordenadas por las autoridades. Además, deben completarse diversos trámites como subastas y asambleas de accionistas, lo que generalmente requiere alrededor de 150 días desde la detección de la insolvencia hasta la transferencia de operaciones.
El sistema de liquidación acelerada se aplicará a bancos, aseguradoras, sociedades de valores, cajas de ahorro, sociedades de cartera financiera y otras entidades similares. Quedan excluidas las sociedades de financiación especializada como compañías de tarjetas de crédito y de financiación, así como gestoras de activos y sociedades fiduciarias con bajo riesgo de quiebras de depósitos. En cuanto a los bancos de cooperativas agrícolas y pesqueras, así como a las instituciones de crédito mutualista, se evaluará su inclusión de forma gradual a mediano y largo plazo.
El sistema se activará únicamente en situaciones de emergencia cuando la insolvencia o el riesgo de insolvencia de una empresa financiera amenace gravemente la estabilidad del mercado financiero y las medidas existentes sean insuficientes para prevenirlo. La Comisión de Servicios Financieros, integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Junta Supervisora, la Corporación de Aseguración de Depósitos y el Banco de Corea, deberá contar con la aprobación de al menos dos terceras partes de sus miembros en funciones.
Si se aplica la liquidación acelerada, será posible proceder rápidamente con la suspensión de operaciones, transferencia de actividades, adquisición por terceros, anulación o consolidación de acciones y revocación de licencias. Podrán omitirse las subastas competitivas, notificaciones previas, resoluciones de asambleas de accionistas y revisiones de concentración empresarial. La diligencia debida sobre activos y pasivos también se sustituirá por una evaluación provisional en un plazo de 1 a 2 días. No obstante, se establecerán mecanismos de compensación posterior para garantizar que los accionistas y acreedores no sufran pérdidas superiores a las que tendrían en un procedimiento de liquidación o quiebra convencional.
La Comisión de Servicios Financieros tiene previsto publicar el anuncio legislativo de las enmiendas legales del 2 de diciembre al 14 de diciembre, para luego presentarlas ante el Parlamento Nacional. Un portavoz de la Comisión declaró: "Con la legislación actual, resulta difícil responder con la celeridad característica de los principales países del mundo en situaciones de crisis. Es necesario contar con instrumentos institucionales que permitan una respuesta rápida antes de que la insolvencia se propague."
La Comisión de Servicios Financieros presentó el 29 de octubre, junto con la Junta Supervisora de Servicios Financieros y la Corporación de Aseguración de Depósitos, el plan de introducción del "Sistema de Liquidación Acelerada de Empresas Financieras". Para implementarlo, se promoverán enmiendas a la Ley de Mejora Estructural de la Industria Financiera (Ley Financiera Estructural) y a la Ley de Protección de Depositantes.
Con arreglo a la legislación vigente, el procedimiento de liquidación solo es posible cuando una empresa financiera en riesgo no cumple las medidas correctivas ordenadas por las autoridades. Además, deben completarse diversos trámites como subastas y asambleas de accionistas, lo que generalmente requiere alrededor de 150 días desde la detección de la insolvencia hasta la transferencia de operaciones.
El sistema de liquidación acelerada se aplicará a bancos, aseguradoras, sociedades de valores, cajas de ahorro, sociedades de cartera financiera y otras entidades similares. Quedan excluidas las sociedades de financiación especializada como compañías de tarjetas de crédito y de financiación, así como gestoras de activos y sociedades fiduciarias con bajo riesgo de quiebras de depósitos. En cuanto a los bancos de cooperativas agrícolas y pesqueras, así como a las instituciones de crédito mutualista, se evaluará su inclusión de forma gradual a mediano y largo plazo.
El sistema se activará únicamente en situaciones de emergencia cuando la insolvencia o el riesgo de insolvencia de una empresa financiera amenace gravemente la estabilidad del mercado financiero y las medidas existentes sean insuficientes para prevenirlo. La Comisión de Servicios Financieros, integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Junta Supervisora, la Corporación de Aseguración de Depósitos y el Banco de Corea, deberá contar con la aprobación de al menos dos terceras partes de sus miembros en funciones.
Si se aplica la liquidación acelerada, será posible proceder rápidamente con la suspensión de operaciones, transferencia de actividades, adquisición por terceros, anulación o consolidación de acciones y revocación de licencias. Podrán omitirse las subastas competitivas, notificaciones previas, resoluciones de asambleas de accionistas y revisiones de concentración empresarial. La diligencia debida sobre activos y pasivos también se sustituirá por una evaluación provisional en un plazo de 1 a 2 días. No obstante, se establecerán mecanismos de compensación posterior para garantizar que los accionistas y acreedores no sufran pérdidas superiores a las que tendrían en un procedimiento de liquidación o quiebra convencional.
La Comisión de Servicios Financieros tiene previsto publicar el anuncio legislativo de las enmiendas legales del 2 de diciembre al 14 de diciembre, para luego presentarlas ante el Parlamento Nacional. Un portavoz de la Comisión declaró: "Con la legislación actual, resulta difícil responder con la celeridad característica de los principales países del mundo en situaciones de crisis. Es necesario contar con instrumentos institucionales que permitan una respuesta rápida antes de que la insolvencia se propague."
* Este artículo ha sido traducido por IA.
