La Comisión de Comercio Justo regula abusos de monopolios y oligopolios tras 25 años sin actualizar normativa

  • Se suavizan requisitos para abuso de precios y se regula venta conjunta y mal uso de información confidencial

Sede de la Comisión de Comercio Justo en el segundo edificio del Palacio Presidencial de Sejong, Corea del Sur. 13 de octubre de 2023 [Foto=Reportero U Dae-gil dbeorlf123@ajunews.com]
Sede de la Comisión de Comercio Justo en el segundo edificio del Palacio Presidencial de Sejong, Corea del Sur. 13 de octubre de 2023 [Foto=Reportero U Dae-gil dbeorlf123@ajunews.com]
La regulación de abusos de precios y explotación de consumidores por parte de empresas monopolistas y oligopólicas será actualizada tras 25 años sin cambios significativos. Se establecerá una base legal para regular conductas como el mantenimiento de precios elevados a pesar de la reducción de costos o la imposición de condiciones comerciales injustas a los consumidores.

La Comisión de Comercio Justo anunció que llevará a consulta pública el proyecto de reforma de la Ley de Prohibición de Monopolios y Comercio Justo entre el 6 de noviembre y el 16 de diciembre próximo.

Esta reforma se diseñó para actualizar las disposiciones sobre abuso de posición dominante en el mercado, sin cambios desde 2001, adecuándose a la evolución del entorno económico y a la realidad de la ejecución normativa.

En primer lugar, se refuerza la regulación del abuso de precios por parte de empresas monopolistas y oligopólicas. Mientras que la normativa vigente solo tipifica cambios de precios injustificados, el proyecto de reforma amplía el alcance a la fijación y mantenimiento injusto de precios.

Con esta medida, será posible regular conductas como fijar precios injustamente elevados en el mercado interno comparado con mercados extranjeros, o mantener precios altos a pesar de la caída de costos. En la evaluación de la injusticia en la fijación de precios se considerarán no solo los costos de suministro necesarios, sino también los niveles de precio usual en el mercado externo.

Se suavizan asimismo los requisitos para constituir abuso de precios. La normativa vigente exige que el abuso sea "notoriamente injusto", pero el proyecto modifica este criterio a "sustancialmente injusto" para mejorar la efectividad de la aplicación de la ley. La Comisión señaló que la dificultad para probar aumentos de precios notorios ha dejado esta disposición prácticamente inaplicable.

También se amplía el alcance de la regulación de conductas que obstaculizan actividades comerciales. Las disposiciones actuales que limitan la restricción de compra de materias primas se amplían para abarcar el obstáculo a la compra, acceso, uso o transporte de bienes y servicios tangibles e intangibles, permitiendo su aplicación no solo a la industria manufacturera sino a diversos sectores.

Se añaden nuevas categorías de conducta abusiva: venta conjunta restrictiva de la competencia y uso indebido de información confidencial adquirida en el curso de negociaciones comerciales. También se incluye la restricción injusta de transacciones directas entre empresas monopolistas u oligopólicas y consumidores, evitando intermediarios.

Disposiciones hasta ahora contenidas en directrices administrativas —rechazo a contratar, imposición de condiciones sin justificación, discriminación en precios y condiciones comerciales, y imposición de desventajas— se elevan al rango de decreto. En cambio, normas sobre contratación obligatoria de personal esencial, con casi nula aplicación práctica, se trasladan a nivel de directrices.

Se introducen también nuevas disposiciones sobre conductas que lesionan intereses de consumidores. Se tipificarán como daño al interés de consumidores la imposición de condiciones comerciales sin justificación, la degradación significativa de calidad de productos o servicios, la restricción injusta de la libertad de elección de consumidores, o la imposición de desventajas injustificadas.

La Ley de Comercio Justo vigente prohíbe conductas que lesionan intereses de consumidores como forma de abuso de posición dominante, pero el decreto carece de tipificaciones específicas, lo que ha limitado la efectividad de su aplicación.

Un portavoz de la Comisión de Comercio Justo señaló: "Durante la consulta pública recopilaremos opiniones de partes interesadas y organismos competentes, y tras la revisión de la Oficina de Legislación, completaremos la reforma del decreto en la primera mitad de 2027".




* Este artículo ha sido traducido por IA.