Tribunal: "La medida está justificada según la ley de pasaportes; no constituye abuso de facultades discrecionales"
![El 25 de junio, ante el Tribunal Administrativo de Seúl en el distrito de Seocho, representantes de la sede coreana de la Vela por la Liberación de Palestina gritan consignas en una rueda de prensa sobre la primera audiencia de la demanda de anulación de la medida de invalidación de pasaporte del activista Haecho. [Foto=Yonhapnews]](https://image.ajunews.com/content/image/2026/08/27/20260827182440333687.jpg)
El activista pacifista Kim A-hyun, conocido por el seudónimo Haecho, perdió su demanda para anular la orden del Ministerio de Asuntos Exteriores de entregar su pasaporte. Kim intentaba entrar en la Franja de Gaza, un territorio cuyo acceso está prohibido.
La División Administrativa 12 del Tribunal Administrativo de Seúl (con presidencia del juez Kang Jae-won) falló el 27 de agosto en contra del demandante, desestimando su solicitud para anular la medida de entrega de pasaporte.
El tribunal determinó que "no existen defectos procedimentales en la medida y que la causa de la misma está justificada según la interpretación del artículo 19, párrafo 1, numeral 2 de la Ley de Pasaportes". Agregó que "aunque esta medida restringe el derecho del demandante a la libertad de residencia y tránsito, no viola el principio de proporcionalidad, por lo que no constituye un abuso o desviación de las facultades discrecionales".
El tribunal explicó además que "el demandante ya había salido hacia Francia y era evidente que en un futuro próximo intentaría navegar hacia la Franja de Gaza; existía un riesgo muy elevado de que sufriera daño grave a su vida e integridad física debido a los ataques aéreos de Israel contra Gaza, al control israelí de las rutas marítimas en la zona y a la guerra de Oriente Medio que estalló en febrero. Por lo tanto, existía la necesidad urgente de adoptar la medida en aras de la seguridad y el bienestar públicos, lo que justifica la excepción de no requerir notificación previa ni audiencia de partes".
El tribunal añadió que "el demandante encajaba en la categoría de persona cuya vida o integridad física corre grave riesgo en caso de salida del país por terrorismo u otras amenazas. En tal caso, existía riesgo de que se causara un grave daño al orden público dentro del país, así como de que surgieran disputas diplomáticas entre Corea del Sur e Israel u otras potencias extranjeras. Particularmente, en el contexto de la guerra de Oriente Medio, las relaciones diplomáticas con Israel y otros Estados podían tener consecuencias potencialmente fatales para la seguridad e intereses nacionales. Por lo tanto, la medida encaja en la categoría de casos en que hay riesgo de daño grave a la seguridad, el mantenimiento del orden o la política exterior de Corea del Sur".
El tribunal enfatizó que "considerando en conjunto el nivel de peligro para la vida e integridad física del demandante, la importancia relativa del derecho a la vida que requiere protección y la libertad de residencia y tránsito que se restringe, el grado de restricción impuesto, la urgencia de las medidas de protección del derecho a la vida, y la importancia del interés público que se busca lograr con esta medida, el Ministerio no disponía de otro medio de protección alternativo. Por lo tanto, la orden de entrega de pasaporte no viola el principio de proporcionalidad, que es el límite de las restricciones a la libertad de residencia y tránsito".
Kim había declarado públicamente a los medios de comunicación su intención de viajar a la Franja de Gaza antes de salir hacia Francia el 11 de marzo para unirse a una flota de barcos de ayuda humanitaria. El Ministerio de Asuntos Exteriores emitió una notificación el 20 de marzo con base en el artículo 19, párrafo 1, numeral 2 de la Ley de Pasaportes, ordenando la entrega del pasaporte en un plazo de siete días a partir de la recepción de la notificación.
El Centro de Litigio de Interés Público y Derechos Humanos de la Asociación de Abogados para una Sociedad Democrática presentó la demanda para anular la medida de entrega de pasaporte el 1 de abril. En su argumentación, sostuvo que "el activista Haecho se encuentra actualmente en el extranjero habiendo salido legalmente hacia un tercer país, y su participación en la operación es incierta. A pesar de ello, la invalidación abrupta del pasaporte por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores carece de fundamento claro y legitimidad legal".
* Este artículo ha sido traducido por IA.
